JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
Tucacas, 20 de Octubre de 2005
195° y 146°
Visto el desistimiento realizado por la parte demandante en el presente juicio, el cual corre inserto en el folio ochenta (80) del expediente (N° 2407), y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho, este Tribunal le imparte su homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dando por terminado el presente procedimiento acordando tenerlo como sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia, se ordena la devolución de los originales solicitados (desde el folio 5 al 69, ambos inclusive), y colocar en su lugar copia fotostática certificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, se ordena el archivo .....