Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República, decreta la Suspensión Condicional del Proceso a favor del acusado ciudadano Leonardo José Perozo Silva, arriba bien identificado, de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la respectiva Boleta de Libertad. Quedan notificadas las demás partes por cuanto están presentes. Remítanse las actuaciones al Archivo Judicial. Cúmplase.