DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando conforme a lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano EUDO ENRIQUE MANZANERO CARRILLO, venezolano, titular de cedula de identidad Nº 3.643.672, nacido en fecha 05-02-1947, estado civil casado, domiciliado en avenida 25, casa Nº 60-40, Urbanización Sucre, Maracaibo Estado Zulia; a cumplir la pena de Un Dos (02) años de prisión más las accesorias de ley por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano.
Se exonera al acusado del pago de las costas del proceso, toda vez que se han acogido al procedimiento por admisión de los hechos y le han sup.....