Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 72 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara Incompetente para seguir conociendo del presente asunto seguido al ciudadano RONALD RAFAEL MAURI, Venezolano, de 26 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-21.492.724, nacido en fecha 04/07/1981, Estado Civil Soltero, de Profesión u Oficio Buhonero, natural de Maracaibo y residenciado en la Calle 900, Casa S/n, del Sector de Manzanillo, Maracaibo Estado Zulia, por la preseunta comisión del Delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el ordinal 1° del Artículo 406, en perjuicio del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de MIGUEL ANGEL TRASMONTE BERMUDEZ; y declina la competencia en el Tribunal Segundo de Control de este circuito Judicial Penal. En consecuencia, se ordena remitir la total.....