DISPOSITIVA
Como consecuencia de lo antes motivado y suficientemente razonado, es que éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere considera a la acusada ALEXANDRA JUDITH MATAS Gonzalez, venezolana, natural de Maracaibo , titular de la cédula de identidad N° V-13.007.231, estado civil: soltera, nacido en fecha 11-12-1976, de 30 años de edad, domiciliado en Haticos por arriba, Sector el Poniente, detrás del Terminal de Pasajero, casa 95F-203, calle 117, casa color crema, cerca del Liceo Valerio Toledo, Maracaibo, Estado Zulia, Grado de instrucción: Quinto Año, hijo de Alexander Matas y Haide González, CULPABLE de la comisión de delito HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal Venezolano DEROGADO, siendo que en consecuencia la Condena a 1 año 2 meses de prisión, en el establecimiento que a bien tenga designar el Tri.....