Este tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de ofrecimiento de prueba testimonial interpuesta por el Fiscal Séptimo del Ministerio Público y de conformidad con lo previsto en el Art. 328 Ord. 8 y 330 Ord. 9 del Código Orgánico Procesal Penal y en el sano acatamiento del criterio de la Jurisprudencia de la Sala Constitucional de fecha 15/10/20002 N° 2532 y la decisión proferida por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal de fecha 09NOV04, se admite totalmente la prueba nueva testimonial del ciudadano: RAFAEL ALBERTO SANOJA ARAUJO, quien es venezolano, de 28 años de edad, fecha de nacimiento: 27-12-74, de profesión u oficio Comerciante, portador de la cédula de identidad N° V- 12.430.713, natural y residenciado en la Urbanización fundación Mendoza, II Etapa, Calle el Paseo, Casa Q-9, Valencia Estado Carabobo. A juicio .....