Désele entrada, fórmese expediente y anótese en los libros respectivos.
Este Tribunal, por cuanto observa que dicha demanda no es contraria al orden público a las buenas costumbres o/a disposición expresa de Ley alguna, ADMITE, la presente demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, seguido por el ciudadano ANA CELESTE ORTIZ NAVARRO.
De conformidad con lo establecido en el artículo 692 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la citación del ciudadano CARLOS HUMBERTO PACHANO, para que comparezca por ante este Tribunal, dentro de los Veinte (20) días de Despacho siguientes, mas Dos (02) días de termino de distancia que se le concede en razón de su domicilio y que conste en autos su citación, en el horario comprendido de 8:30 a.m., a 3.30 p.m., a contestar la demanda; lapso que se comenzará a contarse al día siguiente de que conste en autos dicha citación.