En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en nombre de la República y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 376 DEL Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al ciudadano NELSON RAMON COLINA GONZALEZ, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, a cumplir por el lapso de cuarenta y cinco (45) días, trabajos comunitarios, ello al ser autor responsable del delito de caza previsto y sancionado en el artículo 59 de la Ley Penal del Ambiente, todo en relación con el artículo 5, último aparte, y 8 eiusdem, en armonía con el artículo 8 de la Ley de Protección a la Fauna Silvestre, y los decretos 1486 y 1485 de fecha 11-09-1996 dictados por el Ejecutivo Nacional y publicados en las Gacetas Oficiales 36059 y 36062 de fechas 07-10-96 y 10-10-96, respectivamente, debiendo cumplir con las siguientes obligaciones: 1) Elaborar de forma artes.....