En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO incoada por la ciudadana ALIDA MERCEDES ZAVALA LOPEZ", venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.831.986.
SEGUNDO: Se Ordena a los ciudadanos: Coordinador del Registro Civil del Municipio Miranda y Registrador Civil Principal del estado Falcón, rectificar y estampar la (s) nota (s) marginal (es) respectiva (s) en el Acta de Matrimonio Nº 136, inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del estado Falcón, correspondiente al año 1.971, respecto al nombre de la solicitante en la forma siguiente: en donde fue identificada como ALIDA MERCEDES ZABALA LOPEZ, debe decir: "ALIDA MERCEDES.....