Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: IMPROCEDENTE la sustitución de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta al ciudadano FELIX DE LA TRINIDAD CASTILLO RAMIREZ, venezolano, nacido en fecha: 28-04-1983, edad: 22 años, cédula de identidad N°. V-20.066.854, estado civil: soltero, grado de instrucción: sexto, domiciliado en Barrio Bolívar casa número 10 calle Miranda casa de color blanca con franjas moradas, oficio: mecánico fuera de borda, hijo de Xileima Castillo y Félix Ramírez, por la presunta comisión del delito de: ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana JHOANA MARGARITA MARTÍNEZ M; todo de conformidad c.....