En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación ejercida por la ciudadana MARÍA DEL ROSARIO DE OLIVEIRA TAVARES, asistida por el abogado Angregory Escalona, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 148.499, contra decisión de fecha 27 de noviembre de 2015, mediante escrito de fecha 1° de diciembre de 2015.
SEGUNDO: Se CONFIRMA, decisión de fecha 27 de noviembre de 2015, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, mediante la cual se declaró no subsanadas debidamente las cuestiones previas, en consecuencia, extinguido el proceso, en el juicio de DESALOJO, PAGO DE CÁNONES DE ARRENDAMIENTO y COBRO DE BOLÍVARES, seg.....