Decisiones del dia 21/07/2011
N° Expediente :
AP21-R-2011-000486
N° Sentencia :
Fecha: 21/07/2011
Procedimiento: Calificación De Despido
Partes: VÍCTOR BLADIMIR ACOSTA RAVELO VS REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR ÓRGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA, (SAREN), EN LA PERSONA DE LA PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Resumen:
Este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado Jorge Gómez, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la decisión dictada en fecha 25 de marzo de 2011, su dispositivo oral, y cuyo fallo in extenso fue publicado en fecha 31 de marzo de 2011, dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. Todo ello en el procedimiento de Calificación de despido interpuesto por el ciudadano Víctor Bladimir Acosta Ravelo, (anteriormente identificado) contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia (SAREN) en la persona de la Procuradora General de la República
No hay expresa condenatoria en costas.
Juez/Ponente:
Jesús Del Valle Millan Figuera
Organo:
Juzgado Segundo Superior Del Trabajo
N° Expediente :
AP31-V-2009-003285
N° Sentencia :
s-n
Fecha: 21/07/2011
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: YNGRID MARINELA MARQUEZ FIGUERA CONTRA YORBIS FRANCISCO MEDINA ALIENDRES
Resumen:
En la disposición antes transcrita, el término instancia es utilizado como impulso, el proceso se inicia a impulso de parte, y éste perime en los supuestos de la disposición legal, provocando su extinción. Ahora bien, puesto que el estado por ser garante del proceso, está en la necesidad de evitar que los juicios se prolonguen indefinidamente, manteniendo en intranquilidad y zozobra a las partes y en estado de incertidumbre los derechos privados. Teniendo como fundamento que corresponde a la actora dar impulso al juicio y la falta de éste podría considerarse un tácito abandono de la causa, es necesario señalar que la tendencia indefinida de los procesos conlleva el riesgo de romper con el principio procesal de la seguridad jurídica.
De acuerdo con el principio contenido en el artículo 11 del Código de Procedimiento Civil, y reiterado por la necesidad del impulso de parte para la resolución de la controversia por el tribunal de la causa, el de alzada o por la Sala de Casación Civil, al.....
Juez/Ponente:
Irene Grisanti
Organo:
Juzgado Vigesimo Tercero de Municipio