Este Juzgado Segundo (2°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra la decisión de fecha diez (10) de febrero de 2025, dictada por el Juzgado Vigésimo Segundo (22º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE MODIFICA EL FALLO apelado y en consecuencia, SE CONDENA a la demandada al pago de las cantidades indicadas en la sentencia reformada, confirmados en la presente con arregle al literal "c" de LOTTT, mas los intereses de capital omitidos en la recurrida calculados ratio temporis desde el primero (01) de junio de 2021 al quince (15) de enero de 2024, junto a los intereses de mora e indexación judicial calculados por un experto contable ba.....