En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Primero: ABSUELVE al ciudadano JOSE NARCISO MANZANAREZ ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº V-03.137.131, de ocupación u oficio chofer, nacido en fecha 29/10/1943 domiciliado en el Cristo de Mirimire, calle Principal Nº 24, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente, en perjuicio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA MENDOZA. SEGUNDO: Se exonera de costas procesales al Estado representado por el Ministerio Público conforme al contenido del artículo 34 del Código Penal venezolano, el artículo 108.7, 272, 268 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal.- TERCERO: Se decreta la Libertad Ple.....