Con fuerza en la motivación que antecede, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; declara: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud realizada por el Fiscal Séptimo del Ministerio Público de la imposición de una Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad; en consecuencia, le impone a la ciudadana SANCHEZ LOPEZ YURMELIS THAIS, titular de la Cédula de Identidad N° V.-16.830.548 suficientemente identificada en actas, la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de libertad, a cumplir en el Internado Judicial del Estado Falcón. SEGUNDO: Se considera que el presente hecho, se realizó en Flagrancia, en consecuencia, debe tramitarse conforme a las normas del procedimiento Abreviado. Remítanse las presentes actuaciones en su oportunidad legal a la Unidad de Distribución, para ser distribuida entre los.....