Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, y para asegurar el cumplimiento efectivo de la Obligación de Manutención a los fines de garantizar el interés superior de la menor de conformidad con el Articulo 381 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), ordena la retención de los siguientes montos:
1) La cantidad de cinco mil doscientos cincuenta y un bolivares con treinta y cuatro centimos (Bs. 5.351,34). que es el monto adeudado por concepto de cuotas mensual establecida en la sentencia N° 531-13 de fecha seis (06) de junio de dos mil trece (2013) por atraso en el cumplimiento de la Obligación de Manutención.
2) El treinta por ciento (30 %) del monto que reste en el saldo en dicha cuenta, para garantizar el cumplimiento de mensualidades futuras de la Obligación de Manutención en.....