En fuerza de los razonamientos anteriores expuestos, este Tribunal Superior impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por el abogado José Amalio Graterol Jatar, en su condición de apoderado de DIOGENES ZAVALA RIERA, contra la sentencia de fecha 20 de octubre de 2007, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio que por partición de bienes incoara contra el recurrente la ciudadana HIGINIA RIERA de ZAVALA, sobre el acervo hereditario habido, con ocasión de la muerte ab intestado, del de cuyus, Julio Cesar Zavala, acaecida el 06 de enero de 1999,
SEGUNDO: Se revoca el fallo apelado, conforme a los razonamientos de esta sentencia.
Se condena en costas a la parte demandante.