En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Carolina Socorro Sánchez, en su carácter de apoderada judicial de la empresa demandada DEPROLAC PUNTO CORIANO C.A., mediante diligencia de fecha 19 de junio de 2015.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto de fecha 17 de junio de 2015 dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, con motivo del juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO VERBAL E IDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, seguido por el ciudadano ÁNGEL JAVIER SIERRALTA JIMÉNEZ contra la sociedad mercantil DEPROLAC PUNTO CORIANO C.A..
TERCERO: Se condena en costas al recurrente, de a.....