este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección Penal adolescente del Tribunal Penal del Circuito Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Se decreta la Prescripción de la Sanción de UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA previstas en el artículo 624 Y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el delito de HURTO CALIFICADO TIPIFICADO EN EL ARTÍCULO 453 DEL CÓDIGO PENAL, todo de conformidad a lo previsto en el artículo 616 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente a favor de la ciudadana OSWALDO MANUEL CHIRINOS, titular de la cédula de identidad Nro V.- 26.197.401 .