Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede al penado ORLANDO ADELIS SIRIT CHIRINOS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 12.183.105, residenciado en Sabana Larga, calle 2 casa 47-39, entrando por la dulcería, 2° cuadra a mano izquierda, Municipio Colina Estado Falcón, el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 493, 494, 495, 497 y 499 del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto, notifíquese al penado, a los fines de imponerlo del otorgamiento del beneficio acordado, para el día 30 de Mayo del 2007 a las 10:30am. Se ordena el levantamiento del Acta de imposición a los fines de que se comprometa con el cumplimiento de las obligaciones impuestas en la presente decisión. Ofíciese a la ciudadana Directora de la .....