Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA:
PRIMERO: Se decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano GREGORIO JUNIOR CHIRINOS MOLINA, , titular de la cedula de identidad N° V- 20.682.742, Venezolano, de 23 años de edad, nacido en fecha 18/-03/12991, residenciado en el Parcelamiento Cruz Verde, Calle Luis Espelozin, casa sin numero, Coro estado Falcón, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO FRUSTRACIÓN, previsto en el numeral 1° del artículo 406 del Código Penal, en concordancia con el artículo 82 ejusdem, en perjuicio de la c.....