CON LUGAR la acción de DIVORCIO (Art. 185-A), intentada por el ciudadano RAIMUNDO HIPOLITO MADRIZ CHIRINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.734.902, domiciliado en la ciudad de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, asistido por el Abog. Wilman Castro Mocizo, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 85.729, en contra de la ciudadana VERONICA REYES LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-12.588.380. En consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL existente entre los ciudadanos RAIMUNDO HIPOLITO MADRIZ CHIRINO y VERONICA REYES LUGO, contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Petit del Estado Falcón, en fecha 24 de mayo de 1999, según Acta levantada bajo el Nº 08.