Por recibida y vista la anterior demanda, así como los recaudos acompañados a la misma, incoada por el abogado JUAN CARLOS LINARES SEQUERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.366, actuando en su carácter de apoderado judicial de BOLIVAR BANCO, C.A., quien solicita se trámite por el PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR INTIMACIÓN, previsto en los artículos 640 al 652 del Código de Procedimiento Civil, contra el ciudadano CARLOS ALBERTO NEGRON RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad número 3.989.726, en su carácter de deudor principal; los ciudadanos JOSÉ GREGORIO PRIETO SILVA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad número 11.990.102, en su carácter de fiador solidario y principal pagador, y, la ciudadana YUSMARY DEL CARMEN PRIETO YUSTING, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad número 12.696.241, en su condición de cónyuge del fiador José Gregorio Prieto; este Tribunal la ADMITE cuanto .....