Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Ha lugar la Admisión de Hecho en contra la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES GORI C.A.,
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por la ciudadana RAILOREN TERESITA MARTINEZ PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.386.273, en contra la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES GORI C.A., por Cobro de Prestaciones Sociales.
TERCERO: Se condena la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES GORI C.A. a cancelar a la parte actora RAILOREN TERESITA MARTINEZ PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.386.273, la cantidad de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS DOCE BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 4.972.812,95), por concepto de Cobro de P.....