Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas parcialmente las pruebas presentados por la abogada BRENDA BARBERA CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 63.693, actuando en nombre del ciudadano ALEJANDRO ANTONIO URDANETA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.449.062, de este domicilio. SEGUNDO: admitidas parcialmente las pruebas presentadas por los abogados FRANCISCO VASQUEZ PEREZ y JESUS ARANAGA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 8.628 y 6.954; obrando en nombre de las sociedades mercantiles DISIMCA FALCON, C.A. y DISTRIBUIDORA DE INSUMOS MARACAIBO, C.A.,