....En el presente caso se observa que la decisión pendiente en el presente caso, se corresponde a una apelación sobre una sentencia que decide la apelación de una medida cautelar en Cuaderno Separado, por lo que se trata de una decisión interlocutoria y no de la sentencia de fondo, y por cuanto desde la última notificación de las partes ocurrida en fecha 31 de Enero de 2005, ha transcurrido más de una año sin que se haya realizado ninguna actuación en este Cuaderno Separado tendiente a impulsar el proceso, este Tribunal, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la perención de la instancia.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, practicando la correspondiente a la parte demandada en la Cartelera del Tribunal por cuanto no consta dirección en el expediente.
Bájese el expediente en la oportunidad que corresponda.
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado, en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo .....