...Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de rectificación de Acta de Defunción, este tribunal, de conformidad con los artículos citados, impartiendo justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, al Jefe Civil Registrador de la Parroquia Carirubana del Municipio Carirubana del Estado Falcón y al Registrador Principal del Estado Falcón, hacer la debida nota marginal en el acta de defunción, previamente determinada, a fin de que se escriba correctamente lo siguiente: Que donde se escribió El Difunto deja: CUATRO (04) hijos de nombres: ELVILSON ENRIQUE REYES SANCHEZ, ELADIO RAFAEL REYES SANCHEZ, JUAN RAMON REYES SANCHEZ y ELEYMAR ADELINA REYES SANCHEZ, debe escribirse: El Difunto deja: SIETE (07) hijos de nombres: FLOR MARIA REYES BUSTILLOS, JUAN ANIBAL REYES BUSTILLOS, ZAYDA JOSEFINA REYES BUSTILLOS, ELVILSON ENRIQUE REYES SANCHEZ, ELADIO RAFAEL REY.....