Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial de Violencia Contra las Mujeres del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos
PRIMERO: Decreta a tenor de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal el SOBRESEIMIENTO del Asunto Penal Nº IP01-S-2013-000045, seguido al ciudadano EMILIO ENRIQUE AÑEZ GRADA, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.661.904, domiciliado en el sector las delicias nueva, calle principal, sin número de color verde. Teléfono: 0414-643-4357. Por el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ANYELA CAROLINA ROJAS BRACHO.
SEGUNDO: Se ordena el cese de las medidas de c.....