Una vez admitida parcialmente la acusación y las pruebas ofrecidas por el Ministerio Publico, se cambia la calificación jurídica de conformidad con el articulo 313.2 del Código Orgánico Procesal Penal, del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el Articulo 405 en relacion con el 406 ordinal 1° y articulo 80 del Código Penal, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el Articulo 405 Código Penal, en perjuicio del ciudadano ENRIQUE ANTONIO AGUIRRE COLINA. La jueza, impone al acusado NERWIN ALBERTO TOYO ZARRAGA, de las Formulas Alternativas para la Prosecución del Proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, explicándole al acusado en qué consiste el procedimiento de admisión de hechos, cuanto es la pena a aplicar por el delito y en cuanto le quedaría la condena si se acoge al citado .....