En razón de los fundamentos señalados, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
ÚNICO: Sin lugar la recusación ejercida por el abogado LUIS RAFAEL ATIENZA, contra la abogada NELLY CASTRO GÓMEZ, en su condición de Juez suplente especial del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio que por daños y perjuicios sigue el mencionado abogado en su nombre y en representación de los ciudadanos HILDA HUERTA de ATIENZA, JOSÉ GREGORIO, HILDAMARY y MARISOL ATIENZA HUERTA contra el ciudadano ELIA WAKFIE MERJANE.