es por lo que este Tribunal acuerda remitir el expediente a la Decimaquinta del Ministerio Público a los fines que una vez materializada la aprehensión ordenada y solicitada por ese despacho Fiscal, sea presentada ante este Tribunal de Control, o ante el Tribunal de control de Guardia en caso que corresponda un día no hábil de trabajo con la presentación de todas las actuaciones. Líbrese Oficio. Cúmplase.-