En mérito de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede inquilinaria y en atención a lo previsto en el ordinal a) del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRAVENTA por crédito hipotecario, celebrado en fecha 2 de julio de 2012, por el ciudadano LUÍS SANDERSON CÁRDENAS GUILLEN, como oferido comprador, y por los ciudadanos HERCARY JOSEFA ANTEQUERA MEDINA y LUBERT TADEO JOSÉ TORRES OBERTO, como oferentes, por ante la Notaria Publica de Coro, anotado bajo el N° 24, Tomo 110.
SEGUNDO: Se ordena a los codemandados, HERCARY JOSEFA ANTEQUERA MEDINA y LUBERT TADEO JOSÉ TORRES OBERTO, como oferentes, facilitar la documentación resp.....