En mérito de las consideraciones precedentes y a la luz de la normativa invocada, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la oposición planteada por el Abogado AMILCAR ANTEQUERA LUGO; Inpreabogado N° 103.204, en su carácter de Apoderado Judicial del (la) ciudadano (a) ciudadana MIREYA ARENALES, antes identificada. En consecuencia, se mantiene la medida decretada por este despacho en fecha 06 de marzo de 2015.