Con fundamento en la razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: a tenor de lo pautado en el artículo 300 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, Decreta la extinción penal y por ende el Sobreseimiento de la presente causa, que se instruye al ciudadano LUIS JOSE AMAYA GOMEZ titular de la cedula de identidad Nº 15.593.149 nacido en la Ciudad de Punto Fijo fecha 21-06-1981 de 33 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio: Cocinero, residenciado Urbanización Zarabon, Conjunto residencial Balcones Paraguana 02, torre 17, Apartamento 1C Parroquia Punta Cardón, Teléfono 0269-415-36-84 por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y Sancionado en el Articulo 458 del Código Penal Venezolano y el delito de AGAV.....