En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado IVÁN GÓMEZ MILLÁN, contra la decisión dictada el 15 de diciembre de 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró sin lugar la demanda de intimación de honorarios, que intentara éste contra EQUIPOS LES ALLURES, C.A. Sentencia que se ratifica conforme a los motivos de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara sin lugar la demanda de cobro de honorarios profesionales intentada por el abogado IVÁN GÓMEZ MILLÁN contra EQUIPOS LES ALLURES, C.A., por estar prescrito el derecho deducido por el demandante.