este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal, extensión Punto del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara ejecutada la Sentencia, condenatoria dictada en contra del penada JOSE LUIS RIQUELME GAMBOA, venezolano, nacido en fecha 06-06-1982, de 23 años de edad titular de la cedula de identidad V- 15.981.874, de ocupación obrero, domiciliado en el sector Universitario, calle ramón Vera, casa s/n, Punto Fijo Estado Falcón, CULPABLE de la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal venezolano, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de PEDRO MIGUEL OCANDO ARIAS, imponiéndose la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, mas las penas accesorias previstas en el artículo 13 del Código Penal conforme con lo establecido en el artículo 35 ejusdem, por medio de sentencia dictada el día 24 de Abril del 2007.
Hecho el anterior computo de pena, de co.....