esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, declara: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados HENRY PETIT DE POOL, PABLO CASTELLANO y MIGUEL GONZALEZ, actuando como Defensores Privados de los ciudadanos: WENDER JAVIER RAMIREZ SIVIRA, ALBERTO RAMON SANCHEZ GUANIPA, JUAN ALBERTO MENDOZA TALAVERA, JOSE LUIS PIMENTEL GAMERO, ALEXANDER GREGORIO CUAURO JIMENEZ, CARLOS EDUARDO COLINA GOITIA yla ciudadana BETTY ALBERTINA GOITIA NAVAS, por falta de motivación de la sentencia condenatoria publicada en sus contra en fecha 04/02/2014 y de conformidad con lo previsto en el artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO CELEBRADO Y LA SENTENCIA dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Extensión Punt.....