III
DECISIÓN
Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Su COMPETENCIA para conocer del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto conjuntamente con solicitud de Medida Cautelar de Amparo, por la ciudadana por la ciudadana LEANMELYS MILAGRO MEDINA HERMAN, titular de la cédula de identidad N° V- 21.112.733, asistida por el Abogado ALIRIO TEODORO PALENCIA DOVALE, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62018, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ENERGÍA ELECTRICA.
Segundo: ADMITE en cuanto ha lugar en derecho. Cítese al ciudadano Procurador General de la República, y envíese copia certificada del escrito contentivo de la querella, de todos los anexos y del presente auto, lo que se hará una vez sean provistas las copias por la querellante, pa.....