Por las razones expuestas, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte accionada recurrente contra la sentencia de fecha 02/05/2012, dictada por el juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido; TERCERO: CON LUGAR la acción incoada por el ciudadano JUAN SOTO PERNIA venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de identidad Nº V- 12.462.220 contra la empresa "PANADERIA Y PASTELERIA LA CHARLOT C.A.", por concepto de cobro de prestaciones sociales y demás conceptos laborales; CUARTO: Se condena a la PANADERIA Y PASTELERIA LA CHARLOT C.A." pagar al actor las cantidades determinadas en la parte motiva del fallo; QUINTO: Se condena en costas a la parte demandada, d.....