Este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA: Otorgar LA MEDIDA DE PROTECCION Y GARANTIA DE LA INTEGRIDAD FISICA DEL CIUDADANO: JAIME LEON RESTREPO CEBALLOS y de los familiares con los que conviene en la misma residencia, y se acuerda remitir comunicación al Ciudadano Comandante de Policía del Municipio Miranda del Estado Falcón, a los fines de la Realización de las Labores de Seguridad en el domicilio ubicado en la Calle Norte, esquina Callejón Cansen 56 diagonal al Polinformativo, para garantizar el estricto cumplimiento de lo acordado. Libérese el correspondiente oficio al Comandante de la Policía del Municipio Miranda del Estado Falcón, para garantizar el estricto cumplimiento de lo acordado, todo a tenor con lo previsto en el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 82, 83 y 84 de la Ley orgánica del Ministerio Público. Re.....