DECISION
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, éste Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE EN RAZON DEL TERRITORIO y DECLINA LA COMPETENCIA, en uno de los Juzgados de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, todo de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 150 del Decreto con fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre y 47 del Código de Procedimiento Civil, al cual se acuerda remitir el expediente.
Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los veintitrés días del mes de se.....