De lo anteriormente expuesto puede verificarse que el penado de autos cumple con todos y cada uno de los requisitos que establece la Ley para el otorgamiento del beneficio solicitado y en virtud de ello, éste Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley; a tenor de las facultades otorgadas en el numeral 1 del artículo 479 del Copp, Concede el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al penado CARLOS ARGENIS JORDAN CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, soltero, hijo de Argenis Jordán y Carmen Chirinos, portador de la cédula de identidad Nro. 14.802.559, domiciliado en Antiguo Aeropuerto, sector 03, casa Nro. 07, casa azul, frente al edificio Manaure Punto Fijo Estado FalcónGranja El Oasis, Punto Fijo Estado Falcón, actualmente recluido en la sede del Internado Judicial, condenado por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS.....