DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto y de conformidad con el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN PUNTO FIJO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite Parcialmente la acusación presentada por la represtación del Ministerio Público en contra del ciudadano: MARCELO SEGUNDO CORREA CORREA, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del código Penal, ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal, ordinal 1°, en perjuicio de: VICTOR MARVAL, ALFREDO BALDALLO Y EL ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Se admiten las Pruebas presentadas por la Fiscalia.....