Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Ejecución de penas y medidas del Circuito judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena al Ciudadano OSCAR ANTONIO GIL, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° V- 8.716.196, casado, actualmente en Medidas Cautelares Sustitutivas consistentes en presentaciones periódicas cada 60 días por ante el Tribunal Tercero de Control quién reside en la siguiente dirección: Monay, Municipio Pam Pan, avenida principal, al lado de la Panadería Lucita, teléfono 0272-6589167, Estado Trujillo, hasta el cumplimiento efectivo del lapso de Régimen de Prueba el cual es de Un (01) año, seis (06) meses a partir de la imposición del auto. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 493 y 49.....