Así se decide.-
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA Y DABAJURO DE LA CIRCUNSCRIPION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1.- CON LUGAR la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, la cual queda establecida de la siguiente manera:
a) El treinta por ciento (30%) del sueldo o ingreso mensual que devengue el obligado, ciudadano JUAN JOSE CUARTE RICO, en caso que el obligado no labore bajo relación de dependencia en la que pueda devengar un sueldo fijo, el Treinta Por Ciento (30%) se debe calcular en base al sueldo mínimo nacional decretado por el Ejecutivo Nacional con sus respectivas incidencias, el cual debe suministrar en forma mensual, siendo la fecha de cumplimiento los cinco primeros días de cada mes.
b) Para el mes de diciembre, el obligado deberá cu.....