PRIMERO: Ha lugar la Admisión de Hecho en contra la empresa PROTECTOS INTEGRALES GRUPO PROINSA S.A.
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por el ciudadano CESAR ALEJANDRO BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.600.551 en contra de la empresa PROTECTOS INTEGRALES GRUPO PROINSA S.A. por Cobro de Prestaciones Sociales.
TERCERO: Se condena la empresa PROTECTOS INTEGRALES GRUPO PROINSA S.A. a cancelar a la parte actora CESAR ALEJANDRO BASTARDO, plenamente identificado en autos la cantidad de NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON DIEZ CENTIMOS (Bs. F. 99.565,10), por concepto de Prestaciones Sociales. Así se decide.