Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal 1° de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano JHIOGVANNY NICOLAS CORONA YANEZ, titular de la cédula de identidad N° 20.295.024, nacido en fecha 03/05/1991, de 22 años de edad, reside en Calle Iturbe con Jabonaría, Avenida El Tenis N° 2, casa N° 22, de la ciudad de Coro del Estado Falcón, teléfono N° 0268-4110434; por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YADIRA DEL CARMEN CORONA GOITIA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 y artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DE.....