Este tribunal segundo en funciones de control Sección de Responsabilidad penal del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: Sin lugar la solicitud del Ministerio Público en cuanto a la aplicación de Medidas cautelares y con lugar la solicitud de la libertad plena de la defensa es por lo que este Tribunal acuerda la LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, por cuanto considera este Tribunal que no existen suficientes elementos de convicción sobre el delito imputado. Se ordena oficiar a la Trabajadora Social de este Circuito Judicial penal a los fines de que se sirva efectuar Informe Social a la Adolescente. Continúese la presente investigación por la vía ordinaria, Remítanse las actuaciones en la oportunidad correspondiente a la Fiscalía del Ministerio Público a objeto de que prosiga con la respectiva investigación, de.....