Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero Unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Absuelve al ciudadano: PATRIK ALEXANDER COLINA MARRERO quien es venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.180.303, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano en perjuicio de la ciudadana HILVIC DE JESUS VELASQUEZ, a quien se le sigue causa signada con el Número IPO1-P-2004-000122; por no quedar demostrado la existencia del ilícito penal antes mencionado y consecuentemente la culpabilidad y responsabilidad del acusado en los hechos imputados por el Ministerio Público, debido a la falta de pruebas de pruebas incorporadas a lo largo del debate.- SEGUNDO: Se ex.....