Consta de la revisión efectuada a las actas procesales que conforman el presente expediente, que los ciudadanos DEISY MAUREN DE JESUS FERNANDEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-17.158.117 y MARCO INDALECIO CORREIA FERNANDES SOUSA, de nacionalidad portuguesa, mayor de edad, domiciliado en Inglaterra, Gran Bretaña y titular del pasaporte Nº J199159, han permanecido separados de cuerpos por más de un (1) año sin que exista reconciliación entre ellos, tal como consta del tiempo transcurrido desde la fecha en que se dictó el auto decretando la separación de cuerpos, el día 25 de Febrero de 2010, hasta la presente fecha. En virtud de lo antes expuesto y por encontrarse llenos los presupuestos establecidos en los artículos 185 y 189, ambos del Código Civil, esta Juzgadora como directora del proceso, estima PROCEDENTE la conversión en divorcio de la separación de cuerpos solicitada. Y ASI SE DECLARA.-
En mérito a la.....